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Aclaración Normativa. Zapatos y Bikini

Publicado en9 Años hace

Respondiendo a las dudas de la mayoría de las competidoras inscritas en eventos territoriales de las categorías de Bikini Fitness y Bodyfitness, en referencia a los últimos cambios en

normativa Internacional en cuanto a zapatos y bikinis, informamos a través de este comunicado el siguiente punto tal y como aparece en la web de la Federación Española:

- Se eliminan las plataformas del Fitness Atlético y quedan igualados los zapatos al resto de modalides femeninas. Tacón máximo de 12 cms y 1 cms en la suela delantera.

Resumen:En cualquier modalidad Femenina el zapato permitido sera de libre eleccion, abierto o cerrado, de cualquier color,  pero manteniendo siempre las medidas indicadas y sin plataforma ni interior, ni exterior.

Tambien se indica la siguiente nota en referencia a los bikinis:

- En los bikinis de Bodyfitness, Bikini Fitness y Physique femenino se permiten los conectores, siempre respetando las medidas mínimas del tejido. Y no es obligatorio el bikini negro en la primera ronda.

No obstante las atletas inscritas recibiran un correo aclaratorio sobre todos estos temas, informando personalmente a cada una para evitar cualquier confusion que la traduccion pudiera haber ocasionado.

Rosa Sayago Ardila

Presidente Comite De Competicion y Jueces AMCFF

fuente: Página Web de la Agrupación Madrileña de Clubes de Fisioculturismo y Fitness

http://ifbb-madrid.com/index.php?option=com_content&view=article&id=129:normativa-zapato-bodyfitness-bikin



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